3. Formas Jurídicas

La Sección de Formas Jurídicas se divide en 2 apartados:

3.1 Forma Jurídica

En este apartado se analizan 6 aspectos de la forma jurídica seleccionada. Al estudiar las formas jurídicas de forma pormenorizada, se proporciona información de gran valor a colectivos o asociaciones que las representan, como autónomos, cooperativas, etc. Se puede determinar, con datos objetivos, la importancia y el peso específico de las diferentes formas jurídicas en los distintos epígrafes de actividad económica que se desarrollan en nuestra provincia.

Desde una perspectiva jurídica, la única figura existente es la de "autónomo". No obstante, al analizar los datos a través del NIF, es posible segmentar la información según la nacionalidad del individuo. Esta desagregación en categorías de "nacionales" y "extranjeros" resulta de gran utilidad para obtener información detallada y relevante sobre las actividades económicas de ambos colectivos.

Esta información es crucial para establecer referencias fiables en los diversos planes de integración que se están implementando o que podrían desarrollarse en el futuro, contribuyendo a una mejor planificación y ejecución de dichas políticas.

3.2 Autónomos (Hombre/Mujer)

La forma jurídica de autónomo, ya sea nacional o extranjero, está intrínsecamente vinculada a la persona física, lo que posibilita determinar las empresas y actividades desarrolladas por hombres y mujeres, así como su nivel de representación en los distintos epígrafes, sectores o grupos de actividad.

Este apartado da respuesta a la falta de información existente y aporta datos fiables, pormenorizados y desagregados acerca de las actividades económicas desarrolladas por hombres y mujeres. Estos datos constituyen una base sólida para argumentar y orientar acciones en las Políticas de Igualdad y de Integración implementadas en los diferentes territorios.

El análisis se centra en cuatro aspectos clave. Para el punto 3, se requiere una selección inicial entre las categorías de "Autónomo Nacional" , "Autónomo Extranjero" y entre "Hombre" o "Mujer".